Tesis aislada · Quinta Época · Primera Sala
Quien acepta la conversación de su asunto penal en civil, renuncia a la querella; quien esto ha hecho, ha perdonado y quien ha perdonado ha extinguido la acción penal.
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Registro digital (IUS): 803675
Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Instancia: Primera Sala
Localización: [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXVI; Pág. 806
Amparo directo 3737/51. Por acuerdo de la Primera Sala, de fecha 8 de junio de 1953, no se menciona el nombre del promovente. Mayoría de tres votos. Ponente: Juan José González Bustamante.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.
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