PENALES

Artículo IUS 803697. LENOCINIO, DELITO DE.

Tesis aislada · Quinta Época · Primera Sala

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Texto Legal

LENOCINIO, DELITO DE.

El delito de lenocinio se configura siempre que el sujeto se mantenga del comercio carnal por explotación del cuerpo de la mujer, o bien, que obtenga de dicho comercio un lucro.

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Registro digital (IUS): 803697

Fuente: Semanario Judicial de la Federación

Instancia: Primera Sala

Localización: [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXVI; Pág. 819

Precedentes

Amparo directo 3785/52. Por acuerdo de la Primera Sala, de fecha 8 de junio de 1953, no se menciona el nombre del promovente. 7 de agosto de 1954. Mayoría de tres votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo IUS 803697 del PENALES?

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¿Cuál es la importancia práctica del Artículo IUS 803697 de la J. Penales SCJN?

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