Tesis aislada · Quinta Época · Primera Sala
Si el artículo aplicable del código de procedimientos da potestad al Juez natural para inclinarse por la minoría de testigos cuando la estime de mejor calidad y le merezca mayor confianza, eso significa un amplio arbitrio que solamente reconoce por límites los postulados de la lógica; y si en la demanda de amparo no se apunta razonamiento alguno del fallo reclamado que se aparte de ella, la función realizada por la Sala responsable queda dentro de la facultad que la ley le concede.
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Registro digital (IUS): 803910
Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Instancia: Primera Sala
Localización: [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXIV; Pág. 488
Amparo penal directo 2328/53. Por acuerdo de la Primera Sala, de fecha 8 de junio de 1953, no se menciona el nombre del promovente. 28 de abril de 1955. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Genaro Ruiz de Chávez.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.
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Art. IUS 803907. REVISION, COMPETENCIA PARA CONOCER DE LA (INCONSTITUCIONALIDAD DE LA LEY).
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Art. IUS 803912. PENA, INDIVIDUALIZACION DE LA.
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