PENALES

Artículo IUS 803912. PENA, INDIVIDUALIZACION DE LA.

Tesis aislada · Quinta Época · Primera Sala

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Texto Legal

PENA, INDIVIDUALIZACION DE LA.

El sentenciador goza de la más amplia e insustituible facultad de señalar la pena correspondiente, dentro de los límites que la ley establezca, con la sola obligación de ajustar su determinación a los preceptos legales reguladores de su arbitrio. No basta mencionar las circunstancias que se tomen en consideración para cuantificar la pena; es preciso hacer un análisis valorativo de las mismas para establecer, como fundamento, el índice de peligrosidad determinante del momento de la sanción aplicable.

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Registro digital (IUS): 803912

Fuente: Semanario Judicial de la Federación

Instancia: Primera Sala

Localización: [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXV; Pág. 2296

Precedentes

Amparo penal directo 1856/53. Por acuerdo de la Primera Sala, de fecha 8 de junio de 1953, no se menciona el nombre del promovente. 21 de septiembre de 1955. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Luis Chico Goerne. Relator: Rodolfo Chávez Sánchez.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo IUS 803912 del PENALES?

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¿Cuál es la importancia práctica del Artículo IUS 803912 de la J. Penales SCJN?

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