PENALES

Artículo IUS 803968. REPARACION DEL DAÑO (DETERMINACION DEL MONTO DE LA, EN LA APELACION).

Tesis aislada · Quinta Época · Sala Auxiliar

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Texto Legal

REPARACION DEL DAÑO (DETERMINACION DEL MONTO DE LA, EN LA APELACION).

No se infringe el artículo 427 del Código de Procedimientos Penales si la responsable, en la apelación, fijó como monto de la reparación del daño cierta cantidad, pues no se agravó la situación del reo, si la autoridad de primera instancia lo había condenado, en el capítulo de reparación del daño, a pagar los daños que resultaren justificados, y, por lo mismo, la sentencia de segunda instancia no hizo más que precisar el monto de ellos de acuerdo con las constancias del proceso.

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Registro digital (IUS): 803968

Fuente: Semanario Judicial de la Federación

Instancia: Sala Auxiliar

Localización: [TA]; 5a. Época; Sala Aux.; S.J.F.; Tomo CXXIV; Pág. 616

Precedentes

Amparo penal directo 4574/51. Crespo Esquer José. 6 de mayo de 1955. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo IUS 803968 del PENALES?

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¿Cuál es la importancia práctica del Artículo IUS 803968 de la J. Penales SCJN?

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