PENALES

Artículo IUS 803973. REPARACION DEL DAÑO (DAÑO EN PROPIEDAD AJENA).

Tesis aislada · Quinta Época · Primera Sala

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Texto Legal

REPARACION DEL DAÑO (DAÑO EN PROPIEDAD AJENA).

No resulta excesivo el monto de la reparación del daño por el delito de daño en propiedad ajena cometido por imprudencias, si se fijó atendiendo al que se habría de reparar y en función estricta de las pruebas obtenidas en el proceso (y no a la simple estimación pericial), así como a la capacidad económica del obligado a pagarla.

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Registro digital (IUS): 803973

Fuente: Semanario Judicial de la Federación

Instancia: Primera Sala

Localización: [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXIV; Pág. 633

Precedentes

Amparo penal directo 968/53. Por acuerdo de la Primera Sala, de fecha 8 de junio de 1953, no se menciona el nombre del promovente. 7 de mayo de 1955. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Luis G. Corona. Ponente: Teófilo Olea y Leyva.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo IUS 803973 del PENALES?

Tesis aislada · Quinta Época · Primera Sala

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo IUS 803973 de la J. Penales SCJN?

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