PENALES

Artículo IUS 804128. REPARACION DEL DAÑO (ROBO).

Tesis aislada · Quinta Época · Primera Sala

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Texto Legal

REPARACION DEL DAÑO (ROBO).

Si en su correspondiente dictamen los peritos manifestaron que por no haber detalles exactos con referencia a la cosa robada, no pudieron precisar su precio, la sentencia reclamada, al condenar al reo a pagar cierta cantidad por concepto de reparación del daño, apoyada tan sólo en que para ese fin tenía en consideración la mitad del precio que le asignó la ofendida, no se halla fundada legalmente, siendo, por ende, violatoria de garantías individuales.

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Registro digital (IUS): 804128

Fuente: Semanario Judicial de la Federación

Instancia: Primera Sala

Localización: [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXIV; Pág. 1003

Precedentes

Amparo penal directo 402/55. Por acuerdo de la Primera Sala, de fecha 8 de junio de 1953, no se menciona el nombre del promovente. 17 de junio de 1955. Mayoría de tres votos. Disidentes: Teófilo Olea y Leyva y Luis Chico Goerne. La publicación no menciona el nombre del ponente.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo IUS 804128 del PENALES?

Tesis aislada · Quinta Época · Primera Sala

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo IUS 804128 de la J. Penales SCJN?

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