Tesis aislada · Quinta Época · Sala Auxiliar
No era necesario que las personas que depusieron contra el quejoso dieran la razón fundada de su dicho, si no sólo fueron testigos de los hechos, sino que actuaron como protagonistas en los mismos y, por tanto, resultaba innecesario que dijeran por qué conocían los hechos sobre los cuales declaraban.
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Registro digital (IUS): 804203
Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Instancia: Sala Auxiliar
Localización: [TA]; 5a. Época; Sala Aux.; S.J.F.; Tomo CXXIV; Pág. 1236
Amparo penal directo 6008/50. Flores Bonilla Alfredo y coag. 28 de junio de 1955. Unanimidad de cinco votos. Ponente: Angel González de la Vega.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.
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