PENALES

Artículo IUS 804308. ROBO DE INDIGENTE.

Tesis aislada · Quinta Época · Primera Sala

scjn-jurisprudencias-penalestesis_aisladaquinta-Épocapenal

Texto Legal

ROBO DE INDIGENTE.

No tiene aplicación la disposición legal que establece que no se castigará al que sin emplear engaños ni medios violentos, se apodere, una sola vez, de los objetos estrictamente indispensables para satisfacer sus necesidades personales o familiares de momento, si el reo, para cometer el robo, hizo uso de medios violentos, como lo demuestra el hecho de haber forzado el candado y la chapa que aseguraban la puerta del lugar robado.

---

Registro digital (IUS): 804308

Fuente: Semanario Judicial de la Federación

Instancia: Primera Sala

Localización: [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXII; Pág. 1154

Precedentes

Amparo penal directo 2238/54. Por acuerdo de la Primera Sala, de fecha 8 de junio de 1953, no se menciona el nombre del promovente. 17 de noviembre de 1954. Unanimidad de cuatro votos. . Relator: Agustín Mercado Alarcón. El Ministro Luis G. Corona no votó en este negocio

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo IUS 804308 del PENALES?

Tesis aislada · Quinta Época · Primera Sala

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo IUS 804308 de la J. Penales SCJN?

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

¿Necesitas asesoría sobre el Art. IUS 804308 del PENALES?

Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.

Consulta Sin Costo
SDV

SDV

Consulta el Art. IUS 804308 PENALES desde tu celular