PENALES

Artículo IUS 804392. PRUEBA PERICIAL EN MATERIA PENAL.

Tesis aislada · Quinta Época · Primera Sala

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Texto Legal

PRUEBA PERICIAL EN MATERIA PENAL.

El quejoso se conformó tácitamente con el dictamen de cargo rendido, si durante la instrucción del proceso no designó, ni tampoco su defensor, peritos de su parte.

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Registro digital (IUS): 804392

Fuente: Semanario Judicial de la Federación

Instancia: Primera Sala

Localización: [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXI; Pág. 94

Precedentes

Amparo penal directo 1346/52. Por acuerdo de la Primera Sala, de fecha 8 de junio de 1953, no menciona el nombre del promovente. 2 de julio de 1954. Unanimidad de cuatro votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo IUS 804392 del PENALES?

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¿Cuál es la importancia práctica del Artículo IUS 804392 de la J. Penales SCJN?

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