PENALES

Artículo IUS 804424. FALSIFICACION DE DOCUMENTOS, PARTICIPACION EN EL DELITO DE.

Tesis aislada · Quinta Época · Primera Sala

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Texto Legal

FALSIFICACION DE DOCUMENTOS, PARTICIPACION EN EL DELITO DE.

Constando que el quejoso obtuvo lucro al desempeñar la comisión que dice le dio el autor de la falsificación material de los documentos, ello implica una colusión con él, en cuanto se refiere a la falsificación de los documentos. Pues no puede aceptarse que en esto el quejoso haya intervenido desconociendo la existe de la falsificación, porque de otra manera no habría obtenido lucro alguno. Para que se estime la responsabilidad en el delito de falsificación de documentos no es menester que el reo realice la falsificación en forma material, si consta que la intervención que se le atribuye tiene relación con la citada falsificación.

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Registro digital (IUS): 804424

Fuente: Semanario Judicial de la Federación

Instancia: Primera Sala

Localización: [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXI; Pág. 290

Precedentes

Amparo penal directo 1982/52. Por acuerdo de la Primera Sala, de fecha 8 de junio de 1953, no se menciona el nombre del promovente. 10 de julio de 1954. Unanimidad de cinco votos. Relator: Luis G. Corona.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo IUS 804424 del PENALES?

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¿Cuál es la importancia práctica del Artículo IUS 804424 de la J. Penales SCJN?

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