PENALES

Artículo IUS 804495. SUPLENCIA DE LA QUEJA EN EL AMPARO PENAL.

Tesis aislada · Quinta Época · Primera Sala

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Texto Legal

SUPLENCIA DE LA QUEJA EN EL AMPARO PENAL.

Advirtiendo la Primera Sala de la Suprema Corte notoria deficiencia de la queja, procede suplirla de acuerdo con la facultad que al respecto le concede la ley.

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Registro digital (IUS): 804495

Fuente: Semanario Judicial de la Federación

Instancia: Primera Sala

Localización: [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXI; Pág. 610

Precedentes

Amparo penal directo 939/52. Por acuerdo de la Primera Sala, de fecha 8 de junio de 1953, no se menciona el nombre del promovente. 22 de julio de 1954. Mayoría de tres votos. Disidentes: Agustín Mercado Alarcón y Luis G. Corona. La publicación no menciona el nombre del ponente.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo IUS 804495 del PENALES?

Tesis aislada · Quinta Época · Primera Sala

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo IUS 804495 de la J. Penales SCJN?

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