PENALES

Artículo IUS 804600. TESTIGOS EN MATERIA PENAL (PRUEBA PRESUNTIVA, LEGISLACION DEL ESTADO DE MEXICO).

Tesis aislada · Quinta Época · Primera Sala

scjn-jurisprudencias-penalestesis_aisladaquinta-Épocapenal

Texto Legal

TESTIGOS EN MATERIA PENAL (PRUEBA PRESUNTIVA, LEGISLACION DEL ESTADO DE MEXICO).

Se debe conceder entero crédito al testimonio de unos presenciales, como elemento principal para fijar la responsabilidad del reo, con carácter de indicio importante, si aunque los testigos no dijeron quién fue la víctima, puesto que no la vieron, se advierte que se relaciona con los demás indicios de autos, para formar un conjunto suficiente en la integración de la prueba presuntiva, de conformidad con el artículo 310 del Código de Procedimientos Penales del Estado.

---

Registro digital (IUS): 804600

Fuente: Semanario Judicial de la Federación

Instancia: Primera Sala

Localización: [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXI; Pág. 1119

Precedentes

Amparo penal directo 4010/52. Por acuerdo de la Primera Sala, de fecha 8 de junio de 1953, no se menciona el nombre del promovente. 6 de agosto de 1954. Mayoría de votos. Disidentes: Genaro Ruiz de Chávez y Teófilo Olea y Leyva. La publicación no menciona el nombre del ponente.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo IUS 804600 del PENALES?

Tesis aislada · Quinta Época · Primera Sala

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo IUS 804600 de la J. Penales SCJN?

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

¿Necesitas asesoría sobre el Art. IUS 804600 del PENALES?

Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.

Consulta Sin Costo
SDV

SDV

Consulta el Art. IUS 804600 PENALES desde tu celular