Tesis aislada · Quinta Época · Primera Sala
Puede resultarle al reo responsabilidad en el robo, conforme a lo prevenido en el artículo 10 del Código Penal del Estado, en cuanto a que son responsables en un delito todos los que toman parte en su concepción, preparación, ejecución, o prestan auxilio o cooperación de cualquier especie, por concierto previo o posterior, si apareció como vendedor de los bienes robados, pues pudo haber ayudado a los directamente responsables para que disfrutaran del producto del hecho delictuoso que habían cometido.
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Registro digital (IUS): 804810
Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Instancia: Primera Sala
Localización: [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXVII; Pág. 1319
Amparo penal en revisión 8756/45. Berain José. 14 de febrero de 1946. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: José Rebolledo. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.
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