PENALES

Artículo IUS 804816. PENA, INDIVIDUALIZACION DE LA.

Tesis aislada · Quinta Época · Primera Sala

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Texto Legal

PENA, INDIVIDUALIZACION DE LA.

La modalidad de riña concurrente con el delito de lesiones, no puede agravar la penalidad del reo como autor del mismo, cuando ésta ya fue demarcada con anterioridad en un término inobjetado; no se compadecen los criterios sustentados por la autoridad responsable en las dos sentencias dictadas por ella, al estimar, en la que fue primeramente recurrida en amparo, como justa y equitativa una pena y en la segunda, considerar que debe imponerse al responsable una pena mayor, la cual debe reducirse por haber sido el reo provocado a reñir, saliéndose con ello de un marco dentro del cual se estructuró una pena no objetada.

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Registro digital (IUS): 804816

Fuente: Semanario Judicial de la Federación

Instancia: Primera Sala

Localización: [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXVII; Pág. 1699

Precedentes

Amparo penal directo 2906/45. Miranda Román. 25 de febrero de 1946. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: José Rebolledo. La publicación no menciona el nombre del ponente.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo IUS 804816 del PENALES?

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¿Cuál es la importancia práctica del Artículo IUS 804816 de la J. Penales SCJN?

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