PENALES

Artículo IUS 805127. PRESCRIPCION EN MATERIA PENAL.

Tesis aislada · Quinta Época · Primera Sala

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Texto Legal

PRESCRIPCION EN MATERIA PENAL.

Para el correcto estudio del problema que suscita la prescripción de la pena, debe tenerse como principio del plazo de la prescripción el día siguiente a aquél en que tuvo evento la consumación típica exterior, tratándose de un delito instantáneo, como lo es el de lesiones, con arreglo al concepto que sobre la culpabilidad sostiene la doctrina penal, atendiendo al resultado de la acción antijurídica; más aún tratándose de delitos que no sólo son valorados por la lesión producida, sino además por el proceso subjetivo del autor.

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Registro digital (IUS): 805127

Fuente: Semanario Judicial de la Federación

Instancia: Primera Sala

Localización: [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXIX; Pág. 3141

Precedentes

Amparo penal directo 2494/46. Por acuerdo de la Primera Sala, de fecha 8 de junio de 1953, no se menciona el nombre del promovente. 29 de octubre de 1953. Unanimidad de cuatro votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo IUS 805127 del PENALES?

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¿Cuál es la importancia práctica del Artículo IUS 805127 de la J. Penales SCJN?

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