Tesis aislada · Quinta Época · Primera Sala
Las disposiciones legales que como el artículo 267 del Código Penal del Estado, usan el término hasta para cuantificar una pena, hacen referencia al máximo de la sanción aplicable, y no al mínimo, el cual, de no fijarse en tales disposiciones, debe entenderse que es el mínimo de las sanciones privativas de la libertad, que fija la codificación respectiva, o sea la de tres días de prisión estipulada en el artículo 20 del código citado.
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Registro digital (IUS): 805229
Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Instancia: Primera Sala
Localización: [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CX; Pág. 1254
Amparo penal directo 2817/50. Suárez Luis. 14 de noviembre de 1951. Unanimidad de cuatro votos. Luis G. Corona. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.
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