Tesis aislada · Quinta Época · Primera Sala
Aunque la Suprema Corte conceda al quejoso el amparo y protección de la Justicia Federal contra el auto de formal prisión dictado en su contra, para el solo efecto de que se le dictara nuevo auto de formal prisión considerándolo presunto responsable de determinado delito, por estimar que existían elementos suficientes para integrarlo, sin embargo, si al dictarse la ejecutoria relativa, no pudieron tomarse en cuenta diversas constancias posteriores, para determinar la responsabilidad penal del acusado, con vista de estas pruebas rendidas en el curso del proceso, se debe considerar que ha quedado demostrada la inculpabilidad de dicho quejoso.
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Registro digital (IUS): 805242
Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Instancia: Primera Sala
Localización: [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CX; Pág. 1631
Amparo penal directo 7183/50. Rascón Miguel S. 28 de noviembre de 1951. Mayoría de tres votos. Disidentes: Corona y Rebolledo.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.
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