PENALES

Artículo IUS 805270. AUTO DE FORMAL PRISION, CESACION DE SUS EFECTOS.

Tesis aislada · Quinta Época · Primera Sala

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Texto Legal

AUTO DE FORMAL PRISION, CESACION DE SUS EFECTOS.

Opera la causa de sobreseimiento instituida por la fracción IV del artículo 74, de la Ley de Amparo, si por virtud de la sentencia absolutoria dictada en favor del recurrente, cesaron los efectos del auto de formal prisión reclamado, por cuyo motivo, y en acatamiento a lo dispuesto por la fracción y artículo invocados, debe decretarse el sobreseimiento.

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Registro digital (IUS): 805270

Fuente: Semanario Judicial de la Federación

Instancia: Primera Sala

Localización: [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CV; Pág. 1590

Precedentes

Amparo penal en revisión 1724/49. Rosado Lobo Francisco. 18 de agosto de 1950. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo IUS 805270 del PENALES?

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¿Cuál es la importancia práctica del Artículo IUS 805270 de la J. Penales SCJN?

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