Tesis aislada · Séptima Época · Primera Sala
Por decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación el día 13 de enero de 1984, en vigor desde el 12 de abril de ese mismo año, se suprimió el párrafo segundo del artículo 193 de la Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito, por lo cual la conducta ahí descrita dejó de ser delictuosa, en los términos de ese numeral, sin perjuicio de que una expedición de cheques sin fondos pudiere encuadrar en la descripción típica del delito de fraude si en realidad se dan sus elementos constitutivos.
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Registro digital (IUS): 805607
Clave: 18
Fuente: Informes
Instancia: Primera Sala
Localización: [TA]; 7a. Época; 1a. Sala; Informes; Informe 1985, Parte II; Pág. 13
Competencia 179/84. Jueces de Primera Instancia del ramo Penal de Tulancingo, Hidalgo y del Juez de Distrito en el Estado de Hidalgo. 12 de junio de 1985. 5 votos. Ponente: Luis Fernández Doblado. Secretario: Alfredo Murguía Cámara.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.
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