Tesis aislada · Séptima Época · Primera Sala
Para que surja la figura de la participación, que tiene el carácter de accesoria respecto de la autoría, es necesario que el sujeto, en lo externo, ejecute actos casualmente eficaces de colaboración con el hecho delictuoso consumado o tentado del autor (accesoriedad cuantitativa de la participación), es decir, es menester que se aporte la correspondiente cuota de cooperación en el hecho ajeno; y, en lo interno o anímico, debe concurrir el ánimus socii, que no es otra cosa que la conciencia y voluntad o propósito de ayudar, colaborar o favorecer la infracción dañosa o conducta típica y antijurídica del sujeto activo principal (accesoriedad cualitativa de la participación).
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Registro digital (IUS): 805609
Clave: 36
Fuente: Informes
Instancia: Primera Sala
Localización: [TA]; 7a. Época; 1a. Sala; Informes; Informe 1985, Parte II; Pág. 25
Amparo directo 10364/84. James William Scott. 14 de junio de 1985. 5 votos. Ponente: Francisco Pavón Vasconcelos. Secretario: Tomás Hernández Franco.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.
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