Tesis aislada · Séptima Época · Tribunales Colegiados de Circuito
El delito de privación ilegal de libertad, requiere para su configuración que el sujeto activo de la infracción tenga el carácter de particular y por tanto, si un agente de policía legalmente designado, con notoria arbitrariedad, detiene a una persona y la mantiene recluida, sin ajustarse a los mandatos contenidos en los artículos 14 y 16 de la Constitución General de la República, que deben normar sus actos, incurre en diverso ilícito penal, pero no en el de privación ilegal de la libertad.TRIBUNAL COLEGIADO DEL DECIMO CIRCUITO
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Registro digital (IUS): 805613
Fuente: Informes
Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito
Localización: [TA]; 7a. Época; T.C.C.; Informes; Informe 1974, Parte III; Pág. 338
Amparo en revisión 212/74. Ezequiel Castillejos Ovando. 31 de septiembre de 1974. Ponente: Renato Sales Gasque.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.
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