PENALES

Artículo IUS 805624. ABUSO DE CONFIANZA, DELITO DE.

Tesis aislada · Quinta Época · Primera Sala

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Texto Legal

ABUSO DE CONFIANZA, DELITO DE.

El hecho de que el acusado, empleado de un banco, aceptara haber recibido una cantidad de la que no se le transfería el dominio y de que reconociera también haber dispuesto de ella en beneficio propio o de un tercero, mediante un procedimiento anormal, como es el de la sola presentación de un recado calzado con una firma que no identificó en forma alguna, en caso de que tal comunicación hubiera llegado realmente a existir, integran la prueba presuncional plena de que concurren los elementos constitutivos de abuso de confianza.

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Registro digital (IUS): 805624

Fuente: Semanario Judicial de la Federación

Instancia: Primera Sala

Localización: [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XCVIII; Pág. 977

Precedentes

Amparo penal directo 6772/46. Alvarado Daniel. 5 de noviembre de 1948. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Teófilo Olea y Leyva. La publicación no menciona el nombre del ponente.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo IUS 805624 del PENALES?

Tesis aislada · Quinta Época · Primera Sala

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo IUS 805624 de la J. Penales SCJN?

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