Tesis aislada · Quinta Época · Primera Sala
Si los sucesos y el ambiente en el cual se produjeron, están acusando un ambiente de riña y actos propios de la misma, estas circunstancias descartan de modo racional y lógico, la imprudencia, con la cual quiera calificar el acusado, los actos que se le imputan.
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Registro digital (IUS): 805731
Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Instancia: Primera Sala
Localización: [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CII; Pág. 2160
Amparo penal directo 6978/48. Hernández Otilio. 14 de julio de 1949. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.
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Art. IUS 805741. TRASTORNO MENTAL INVOLUNTARIO COMO EXCLUYENTE.
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