PENALES

Artículo IUS 805977. VELADORES.

Tesis aislada · Quinta Época · Primera Sala

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Texto Legal

VELADORES.

El carácter de velador particular o auxiliar de la policía, sólo se tiene en el lugar en que se prestan los servicios, más no tienen carácter de agentes de la autoridad dichos veladores particulares o auxiliares de la policía.

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Registro digital (IUS): 805977

Fuente: Semanario Judicial de la Federación

Instancia: Primera Sala

Localización: [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XCVI; Pág. 735

Precedentes

Amparo penal directo 4457/46. Manzano Quiriarte Leonardo. 26 de abril de 1948.Mayoría de tres votos. Ausente: José Rebolledo. Disidente: Carlos L. Angeles. La publicación no menciona el nombre del ponente.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo IUS 805977 del PENALES?

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¿Cuál es la importancia práctica del Artículo IUS 805977 de la J. Penales SCJN?

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