Tesis aislada · Quinta Época · Primera Sala
No es de aceptarse la alegación del reo de que su declaración inicial le había sido arrancada por medio de la violencia por la policía judicial, si no justificó esa circunstancia ni existe en autos prueba alguna conducente a tal fin.
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Registro digital (IUS): 806145
Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Instancia: Primera Sala
Localización: [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XCVI; Pág. 1867
Amparo penal en revisión 1826/48. Solís Martínez Augusto. 18 de junio de 1948. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.
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Art. IUS 806143. TENTATIVA.
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