PENALES

Artículo IUS 806160. RIÑA.

Tesis aislada · Quinta Época · Primera Sala

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Texto Legal

RIÑA.

No puede considerarse el delito cometido en riña, si la manera como se desarrollaron los hechos hace sostenible que no existió entre el heridor y su víctima un estado de contienda de obra, y mucho menos las condiciones psicológicas de animadversión que tipifican la riña.

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Registro digital (IUS): 806160

Fuente: Semanario Judicial de la Federación

Instancia: Primera Sala

Localización: [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XCVI; Pág. 1903

Precedentes

Amparo penal directo 9086/47. Serrano Garfias Honorato. 21 de junio de 1948. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Carlos L. Angeles. La publicación no menciona el nombre del ponente.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo IUS 806160 del PENALES?

Tesis aislada · Quinta Época · Primera Sala

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo IUS 806160 de la J. Penales SCJN?

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