Tesis aislada · Quinta Época · Primera Sala
Se debe estar, cuando las declaraciones de una misma persona sean contradictorias, a la más favorable al procesado.
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Registro digital (IUS): 806233
Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Instancia: Primera Sala
Localización: [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XCVI; Pág. 2206
Amparo penal en revisión 8180/47. Rueda Coppel Enrique. 30 de junio de 1948. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.
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