PENALES

Artículo IUS 806253. PENAS, IMPOSICION DE.

Tesis aislada · Quinta Época · Primera Sala

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Texto Legal

PENAS, IMPOSICION DE.

Aunque el agente del Ministerio Público señale en sus conclusiones, el precepto aplicable y la cuantía de la pena que, a su juicio, deba ser aplicada por el Juez de la causa, tal señalamiento no vincula a éste, porque ello implicaría una abdicación de la facultad soberana y exclusiva que el artículo 21 constitucional concede a las autoridades judiciales, en la imposición de las penas.

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Registro digital (IUS): 806253

Fuente: Semanario Judicial de la Federación

Instancia: Primera Sala

Localización: [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XCIII; Pág. 228

Precedentes

Amparo penal directo 3239/47. Segura Jiménez Ramón. 7 de julio de 1947. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo IUS 806253 del PENALES?

Tesis aislada · Quinta Época · Primera Sala

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo IUS 806253 de la J. Penales SCJN?

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