PENALES

Artículo IUS 806546. ASALTO EN DESPOBLADO (LEGISLACION DE EMERGENCIA).

Tesis aislada · Quinta Época · Pleno

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Texto Legal

ASALTO EN DESPOBLADO (LEGISLACION DE EMERGENCIA).

Un simple testimonio no puede comprobar la falta de medios para repeler un ataque en un población.

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Registro digital (IUS): 806546

Fuente: Semanario Judicial de la Federación

Instancia: Pleno

Localización: [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo LXXXVIII; Pág. 99

Precedentes

Competencia 32/44. Suscitada entre los Jueces Primero de Distrito en el Estado de Veracruz y Primero de Primera Instancia de Jalapa, Ver., 2 de abril de 1946. Unanimidad de diecisiete votos, en cuanto a la parte resolutiva; y por lo que respecta a los fundamentos, por mayoría de trece votos. Disidentes: Franco Carreño, Teófilo Olea y leyva, Luis G. Corona y José Rebolledo. La publicación no menciona el nombre del ponente.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo IUS 806546 del PENALES?

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¿Cuál es la importancia práctica del Artículo IUS 806546 de la J. Penales SCJN?

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