Tesis aislada · Quinta Época · Primera Sala
Si el reo tuvo concierto posterior al delito, con los delincuentes, para prestarles auxilio a efecto de que vendieran el producto del robo, quedó comprendido en el artículo 13 del Código Penal, que incluye a los que prestan auxilio.
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Registro digital (IUS): 806587
Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Instancia: Primera Sala
Localización: [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXVIII; Pág. 935
Amparo penal directo 10298/44. Puig Ambros Antonia. 24 de abril de 1946. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Fernando de la Fuente. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.
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