Tesis aislada · Quinta Época · Primera Sala
Aun cuando el heridor haya tenido el carácter de agredido y haya lesionado a su agresor impulsado por el mal comportamiento de éste, no puede aceptarse la defensa legítima, si el procesado no estuvo en inminente peligro de perder la vida o en condiciones de suponer este peligro, y pudo muy bien evitar la agresión de que fue víctima por otros medios, o en último extremo, preverla.
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Registro digital (IUS): 806596
Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Instancia: Primera Sala
Localización: [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXVIII; Pág. 721
Amparo penal directo 8827/45. Robles Martínez Salvador. 12 de abril de 1946. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: José Rebolledo. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.
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