Jurisprudencia · Sexta Época · Primera Sala
La prueba insuficiente se presenta cuando del conjunto de los datos que obran en la causa, no se llega a la certeza de la existencia del delito o de las imputaciones hechas; por tanto, la sentencia con base en prueba insuficiente, es violatoria de garantías.
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Registro digital (IUS): 806788
Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Instancia: Primera Sala
Localización: [J]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen CXIV, Segunda Parte; Pág. 47
Volumen LXXVII, página 30. Amparo directo 3241/63. Juan Navarro. 27 de noviembre de 1963. Cinco votos. Ponente: Angel González de la Vega.Volumen LXXVII, página 30. Amparo directo 3399/63. Manuel Olmos Hernández. 27 de noviembre de 1963. Cinco votos. Ponente: Angel González de la Vega.Volumen CXI, página 38. Amparo directo 4200/65. Jaime Tabares Barajas. 8 de septiembre de 1966. Cinco votos. Ponente: José Luis Gutiérrez Gutiérrez.Volumen CXII, página 45. Amparo directo 8313/65. Leopoldo Ruiz Zenil. 5 de octubre de 1966. Cinco votos. Ponente: Agustín Mercado Alarcón.Volumen CXII, página 45. Amparo directo 8145/65. Rolando C. Lozano. 27 de octubre de 1966. Cinco votos. Ponente: Abel Huitrón y Aguado.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.
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