PENALES

Artículo IUS 806983. PROCESOS, AUDIENCIA EN LOS.

Tesis aislada · Quinta Época · Primera Sala

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Texto Legal

PROCESOS, AUDIENCIA EN LOS.

Si la audiencia en el proceso se celebra sin la asistencia del agente del Ministerio Público, como esa formalidad es necesaria e indispensable, supuesto que para juzgar al encausado se requiere previamente que haya sido formulada la requisitoria respectiva, debe concederse el amparo para que se reponga el procedimiento, sin que sea obstáculo la circunstancia de que, según aparece de autos, se haya dado vista al representante social, inmediatamente después de celebrada la audiencia, porque cometida la violación, no pudo ser convalidada con ese procedimiento, no establecido en forma alguna por la ley.

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Registro digital (IUS): 806983

Fuente: Semanario Judicial de la Federación

Instancia: Primera Sala

Localización: [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXII; Pág. 15

Precedentes

Amparo penal directo 5609/44. Ceniceros Abraham. 2 de octubre de 1944. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo IUS 806983 del PENALES?

Tesis aislada · Quinta Época · Primera Sala

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo IUS 806983 de la J. Penales SCJN?

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