PENALES

Artículo IUS 807015. INCESTO Y VIOLACION, COEXISTENCIA DE LOS DELITOS DE.

Tesis aislada · Sexta Época · Primera Sala

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Texto Legal

INCESTO Y VIOLACION, COEXISTENCIA DE LOS DELITOS DE.

En la violación se protege la libertad sexual del sujeto pasivo que es siempre individual, y en el incesto el bien jurídico tutelado es el principio exogámico y la base moral de la familia tal como se encuentra organizada actualmente; así cuando con un sólo hecho se lesionan ambos valores tutelados, los dos delitos en cuestión quedan, siendo jurídicamente posible su coexistencia.

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Registro digital (IUS): 807015

Fuente: Semanario Judicial de la Federación

Instancia: Primera Sala

Localización: [TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen LXXIV, Segunda Parte; Pág. 27

Precedentes

Amparo directo 4234/62. Melesio Martínez. 29 de agosto de 1963. Cuatro votos. Ponente: Manuel Rivera Silva.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo IUS 807015 del PENALES?

Tesis aislada · Sexta Época · Primera Sala

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo IUS 807015 de la J. Penales SCJN?

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