Tesis aislada · Quinta Época · Primera Sala
Si aparece que se condenó al quejoso no por el delito que cometió, sino por otro diverso, procede concederle la protección federal.
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Registro digital (IUS): 807042
Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Instancia: Primera Sala
Localización: [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXII; Pág. 2523
Amparo penal directo 4676/41. Ureña Ruiz Francisco. 3 de noviembre de 1944. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Carlos L. Angeles. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.
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