Tesis aislada · Quinta Época · Primera Sala
No basta la existencia de la superioridad del arma empleada, para tener por establecida la calificativa de ventaja, ya que la ley requiere que ésta sea de tal naturaleza que el que la aproveche esté seguro de la inmunidad del peligro, por el conocimiento de su superioridad.
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Registro digital (IUS): 807369
Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Instancia: Primera Sala
Localización: [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXIII; Pág. 1997
Amparo penal directo 5854/44. Aguiluz Candelario Félix y coagraviado. 1o. de febrero de 1945. Mayoría de tres votos. Ausente: Carlos L. Ángeles. Disidente: Fernando de la Fuente. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.
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Art. IUS 807365. ATAQUE PELIGROSO, DELITO DE (LEGISLACION DE SAN LUIS POTOSI).
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