PENALES

Artículo IUS 807375. PENA, FIJACION DE LA (LEGISLACION DE CAMPECHE).

Tesis aislada · Quinta Época · Primera Sala

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Texto Legal

PENA, FIJACION DE LA (LEGISLACION DE CAMPECHE).

Aunque en los procesos en que interviene el Ministerio Público, al formular su pedimento, haya señalado para el procesado, una pena menor que la que fijó la autorizada responsable, al declarar su responsabilidad, con esto no se agravia al acusado, porque de acuerdo con el artículo 2o. del Código de Procedimientos Penales aplicable, al Ministerio Público sólo corresponde pedir que se juzgue de acuerdo con las disposiciones legales que estime aplicables al caso, y es a la autoridad judicial a quien se concede la facultad de señalar las penas en que incurren los que han transgredido una ley penal, dentro de los términos de esas disposiciones legales, señaladas por el Ministerio Público.

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Registro digital (IUS): 807375

Fuente: Semanario Judicial de la Federación

Instancia: Primera Sala

Localización: [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXIII; Pág. 2334

Precedentes

Amparo penal directo 3934/44. Cruz Gutiérrez Pablo de la. 8 de febrero de 1945. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo IUS 807375 del PENALES?

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¿Cuál es la importancia práctica del Artículo IUS 807375 de la J. Penales SCJN?

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