PENALES

Artículo IUS 807392. PENA, INDIVIDUALIZACION DE LA.

Tesis aislada · Quinta Época · Primera Sala

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Texto Legal

PENA, INDIVIDUALIZACION DE LA.

La autoridad sentenciadora debe razonar su arbitrio judicial, expresando, en la sentencia que dicte, todos aquellos datos que obren en el proceso, acerca de los medios y circunstancias de ejecución, así como todas aquellas particulares del procesado, que permitan fijar objetivamente su grado de peligrosidad, y el criterio que tuvo al normar su arbitrio judicial en la individualización de la pena, y si no procede así, debe concederse el amparo, para que se dicte nuevo fallo, ajustándose a esa norma.

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Registro digital (IUS): 807392

Fuente: Semanario Judicial de la Federación

Instancia: Primera Sala

Localización: [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXIII; Pág. 4117

Precedentes

Amparo penal directo 1627/44. Jurado Eugenio. 16 de marzo de 1945. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Carlos L. Ángeles. La publicación no menciona el nombre del ponente.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo IUS 807392 del PENALES?

Tesis aislada · Quinta Época · Primera Sala

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo IUS 807392 de la J. Penales SCJN?

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