Tesis aislada · Quinta Época · Primera Sala
En los casos en que la ley fija un mínimo y un máximo para castigar un delito, y por diversa disposición, señala una parte alícuota de tal pena, como sanción de otra modalidad del delito, el punto de partida debe ser el término medio de aquella pena, que debe formarse por la semisuma de sus extremos.
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Registro digital (IUS): 807395
Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Instancia: Primera Sala
Localización: [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXIII; Pág. 4280
Amparo penal directo 9730/44. Robles Pedro. 20 de marzo de 1945. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.
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