PENALES

Artículo IUS 807701. ASEGURAMIENTO DEL OBJETO DEL DELITO, CUANDO SE TRATA DE INMUEBLES.

Tesis aislada · Quinta Época · Primera Sala

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Texto Legal

ASEGURAMIENTO DEL OBJETO DEL DELITO, CUANDO SE TRATA DE INMUEBLES.

Si en vía de aseguramiento, dictado en el proceso en que el quejoso aparece como parte acusada, se lleva a cabo el secuestro del inmueble que se señala como producto del delito, motivo de la acusación, no basta que esa diligencia judicial se inscriba en el registro correspondiente, sino que debe ponerse el inmueble asegurado en poder o posesión del depositario o inventor que se nombre.

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Registro digital (IUS): 807701

Fuente: Semanario Judicial de la Federación

Instancia: Primera Sala

Localización: [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXV; Pág. 537

Precedentes

Amparo penal en revisión 9608/44. Nuño Jesús. 24 de julio de 1945. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Fernando de la Fuente. La publicación no menciona el nombre del ponente.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo IUS 807701 del PENALES?

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¿Cuál es la importancia práctica del Artículo IUS 807701 de la J. Penales SCJN?

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