PENALES

Artículo IUS 807794. PROCESOS, TERMINACION DE LOS, DENTRO DEL PLAZO CONSTITUCIONAL.

Tesis aislada · Quinta Época · Primera Sala

scjn-jurisprudencias-penalestesis_aisladaquinta-Épocapenal

Texto Legal

PROCESOS, TERMINACION DE LOS, DENTRO DEL PLAZO CONSTITUCIONAL.

La circunstancia de que no se termine un proceso dentro del término que la Constitución fija, no constituye un hecho superveniente para que proceda revocar la suspensión contra la orden de identificar el procesado, ni cambia la situación jurídica de éste. Por otra parte, el trámite de la identificación es esencial y no puede omitirse y fallar desde luego el proceso, puesto que tal trámite es indispensable para saber quién es el procesado, definir si es reincidente y lograr su aprehensión, si se sustrae a la acción de la justicia, y la disposición que ordena la identificación, no puede contravenirse otorgado la suspensión, por prohibirlo la fracción II del artículo 124 de la Ley de Amparo; y si bien el artículo 20, fracción VIII, de la Constitución, ordena que los procesos se terminen dentro del término fijado en la propia disposición, y esto es una garantía del enjuiciado, también lo es que ese precepto debe entenderse hábilmente, y si el proceso no ha concluido por causas ajenas a la voluntad del Juez de instrucción, como sucede cuando se elevan los autos al superior, por virtud de un recurso de alzada, es claro que una vez devueltos los autos y agotada la instrucción, si faltan algunos trámites esenciales, es lógico y jurídico admitir que el Juez del proceso puede ordenar que se practique, sin contravenir el citado artículo constitucional.

---

Registro digital (IUS): 807794

Fuente: Semanario Judicial de la Federación

Instancia: Primera Sala

Localización: [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXI; Pág. 4413

Precedentes

Amparo penal. Revisión del incidente de suspensión 6613/43. Lombera Ruiz Angel. 28 de agosto de 1944. Mayoría de tres votos. Disidentes: Teófilo Olea y Leyva y Fernando de la Fuente. La publicación no menciona el nombre del ponente.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo IUS 807794 del PENALES?

Tesis aislada · Quinta Época · Primera Sala

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo IUS 807794 de la J. Penales SCJN?

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

¿Necesitas asesoría sobre el Art. IUS 807794 del PENALES?

Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.

Consulta Sin Costo
SDV

SDV

Consulta el Art. IUS 807794 PENALES desde tu celular