PENALES

Artículo IUS 808227. IMPRUDENCIA, MULTA A LOS DELINCUENTES POR.

Tesis aislada · Quinta Época · Primera Sala

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Texto Legal

IMPRUDENCIA, MULTA A LOS DELINCUENTES POR.

Conforme a la jurisprudencia establecida por la Suprema Corte, la sanción para los delitos de imprudencia es exclusivamente de prisión y suspensión o privación de derechos de que habla el artículo 60 del Código Penal del Distrito, y la sanción pecuniaria estatuida en el segundo párrafo del artículo 61 del mismo código, sólo cabe aplicarla cuando el delito intencional se reprime únicamente con esta clase de pena.

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Registro digital (IUS): 808227

Fuente: Semanario Judicial de la Federación

Instancia: Primera Sala

Localización: [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXVII; Pág. 4901

Precedentes

Amparo penal directo 3711/43. Colín Durán Félix. 26 de agosto de 1943. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo IUS 808227 del PENALES?

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¿Cuál es la importancia práctica del Artículo IUS 808227 de la J. Penales SCJN?

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