PENALES

Artículo IUS 808351. LEGITIMA DEFENSA. INEXISTENCIA DE LA.

Tesis aislada · Séptima Época · Sala Auxiliar

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Texto Legal

LEGITIMA DEFENSA. INEXISTENCIA DE LA.

Tampoco tiene validez el argumento de que los quejosos esperaban a otras personas distintas a las que victimaron o que éstos los hubieran atacado primeramente, pues ya se ha dicho en cuanto a lo primero, que la sola espera de aquéllas y el propósito criminal preconcebido por los quejosos, desplaza totalmente cualquier elemento de la legítima defensa que invocan y, en cuanto a los segundo, el cabal conocimiento de su superioridad con respecto a sus víctimas, para nada destruye la ventaja con que actuaron aunque aquéllas hubieran sido distintas a las que esperaban.

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Registro digital (IUS): 808351

Fuente: Informes

Instancia: Sala Auxiliar

Localización: [TA]; 7a. Época; Sala Aux.; Informes; Informe 1971, Parte II; Pág. 65

Precedentes

Amparo directo 1535/61. Julián y Marcial ambos de apellido americano Guzmán. 28 de junio de 1971. Unanimidad de cinco votos. Ponente: Alfonso López Aparicio.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo IUS 808351 del PENALES?

Tesis aislada · Séptima Época · Sala Auxiliar

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo IUS 808351 de la J. Penales SCJN?

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