Tesis aislada · Quinta Época · Primera Sala
El simple hecho de ir manejando un vehículo en estado de ebriedad incompleta, implica una imprudencia notoria por parte del conductor, puesto que está plenamente demostrado que el alcohol ocasiona la pérdida parcial, tanto de las facultades físicas, como de las intelectuales; siendo lógico suponer que la persona que ha ingerido alcohol, no conserva el control de sus facultades.
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Registro digital (IUS): 809047
Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Instancia: Primera Sala
Localización: [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo L; Pág. 789
Amparo penal directo 2348/36. Sánchez Tello Alfonso. 31 de octubre de 1936. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.
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