Tesis aislada · Quinta Época · Primera Sala
Si del proceso aparece que el acusado se encontraba en estado de ebriedad incompleta y que no había puesto en movimiento el limpiador del parabrisas del automóvil, a pesar de estar lloviendo, esos elementos bastan para dejar acreditado que el quejoso no tomó las precauciones necesarias para manejar el vehículo que causó las lesiones; y que cometió el delito de imprudencia, que produjo los mismos resultados de un delito intencional, en los términos de la fracción II del artículo 8o. del Código Penal del Distrito Federal.
---
Registro digital (IUS): 809229
Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Instancia: Primera Sala
Localización: [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XLIV; Pág. 2849
Amparo penal directo 7044/34. Sondgrass Anthony Larry. 15 de mayo de 1935. Unanimidad de cuatro votos. Excusa: Hermilo López Sánchez. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.
Anterior
Art. PC.III.P. J/3 P (10a.). LLAMADAS TELEFÓNICAS. LA MODIFICACIÓN DEL CALENDARIO PARA QUE LOS INTERNOS DE UN CENTRO DE READAPTACIÓN SOCIAL LAS REALICEN HACIA EL EXTERIOR DISMINUYENDO EL PERIODO EN EL QUE SE PODRÁN VERIFICAR, NO TRANSGREDE EL PRINCIPIO DE PROGRESIVIDAD Y NO REGRESIÓN.
Siguiente
Art. IUS 809232. TESTIGOS EN NUEVO LEON, VALIDEZ DEL DICHO DE LOS.
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
Consulta Sin Costo