PENALES

Artículo IUS 809726. ABUSO DE CONFIANZA.

Tesis aislada · Quinta Época · Primera Sala

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Texto Legal

ABUSO DE CONFIANZA.

El desistimiento del acusador, sólo produce efectos legales, en cuanto a sus derechos civiles, pero de ningún modo por lo que toca a la acción penal, cuyo ejercicio corresponde al Ministerio Público, y éste, para formular conclusiones acusatorias, por el expresado delito, no es preciso que indique el contrato no traslativo de dominio, por virtud del cual el acusado se apoderó del dinero u objetos, materia del abuso de confianza.

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Registro digital (IUS): 809726

Fuente: Semanario Judicial de la Federación

Instancia: Primera Sala

Localización: [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XXVIII; Pág. 234

Precedentes

Amparo penal directo 4161/26. Salazar Hipólito. 15 de enero de 1930. Mayoría de tres votos, por lo que respecta a la negativa del amparo y unanimidad de cuatro votos, en cuanto al sobreseimiento. Ausente: Enrique Osorno Aguilar. Disidente: Fernando de la Fuente. La publicación no menciona el nombre del ponente.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo IUS 809726 del PENALES?

Tesis aislada · Quinta Época · Primera Sala

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo IUS 809726 de la J. Penales SCJN?

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