PENALES

Artículo IUS 809733. MINISTERIO PUBLICO.

Tesis aislada · Quinta Época · Primera Sala

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Texto Legal

MINISTERIO PUBLICO.

El Ministerio Público forma una institución única, por lo que, una vez abandonado el ejercicio de una acción por parte de uno de sus miembros, no puede reanudarse por otro, sin vulnerarse el principio de igualdad y responsabilidad de la misma institución.

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Registro digital (IUS): 809733

Fuente: Semanario Judicial de la Federación

Instancia: Primera Sala

Localización: [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XXVIII; Pág. 894

Precedentes

Amparo penal directo 4184/27. Salazar Genovevo. 14 de febrero de 1930. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Enrique Osorno Aguilar. La publicación no menciona el nombre del ponente.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo IUS 809733 del PENALES?

Tesis aislada · Quinta Época · Primera Sala

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo IUS 809733 de la J. Penales SCJN?

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