Tesis aislada · Quinta Época · Primera Sala
La Suprema Corte tiene capacidad para suplir la deficiencia de la queja en los amparos del orden penal.
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Registro digital (IUS): 809816
Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Instancia: Primera Sala
Localización: [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XXV; Pág. 1112
Amparo penal directo. Molina Belisario. 1o. de marzo de 1929. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.
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