Tesis aislada · Quinta Época · Pleno
El Gobierno de la República está vivamente interesado en que se cumplan los preceptos de orden internacional, que norman las relaciones con los países extranjeros, reguladas o armonizadas dentro de los preceptos constitucionales, a fin de que se cumplan fielmente, en beneficio de la sociedad, la que, estando interesada en la averiguación de los delitos y en el castigo de los delincuentes, sufriría perjuicios en que se concediera la suspensión de la orden que manda aprehender a un individuo, por haberse pedido su extradición.
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Registro digital (IUS): 810417
Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Instancia: Pleno
Localización: [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XIX; Pág. 853
Amparo administrativo. Revisión del incidente de suspensión. Jaeggli Federico Guillermo. 4 de noviembre de 1926. Mayoría de cinco votos. Disidentes: Jesús Guzmán Vaca, Sabino M. Olea, Gustavo A. Vicencio y Salvador Urbina. La publicación no menciona e nombre del ponente.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.
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